La nueva Ley de IRPF elimina la reducción del 40% que se aplicaba a los rendimientos generados en este tipo de productos cuando su periodo de generación era superior a 2 años.
A partir del 1 de enero del 2007 los rendimientos generados por este tipo de productos se integran en la renta del ahorro tributando a un tipo fijo del 19%.
El tipo de retención aplicable a partir del 1 de enero de 2007, es del 19%.
No Residentes en España:
A partir del 1 de enero del 2007 la retención aplicable a los inversores no residentes es del 19%, excepto si acreditan su país de residencia fiscal, en cuyo caso estarán exentos.