Se podrá aplicar una desgravación en la cuota íntegra del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los importes de las cuotas y los gastos asociados a la hipoteca, sean o no bancarios, que se destinen a la compra de residencia habitual.
Deducciones
A partir del 1 de enero del 2007 con la entrada en vigor de la nueva Ley de IRPF el tipo de deducción para la adquisición de su vivienda habitual es del 15%. Y la base de deducción máxima es de 9.015 euros.